La siguiente legislación recoge las funciones algunas de las funciones que le corresponden al presidente de la Corporación:
- El Reglamento Orgánico del Cabildo Insular de Tenerife (Boletín Oficial de la Provincia, 4 de octubre de 2016) tras su adaptación a las previsiones contenidas en la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local (LMMGL).
- La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local (LRBRL), el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril , por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local.
- El Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
Que son, entre otras
- Dirigir la política, el gobierno y la administración de la Isla.
- Representar al Cabildo Insular de Tenerife y presidir todos los actos públicos de carácter insular.
- Convocar y presidir las sesiones del Pleno y del Consejo de Gobierno Insular.
- Establecer directrices generales de la acción del Gobierno Insular y asegurar su continuidad.
- Proponer al Pleno las Áreas de Gobierno en que se distribuirán las competencias de la Corporación, y la determinación y denominación de las Comisiones Permanentes del Pleno, así como la organización y estructura de la Administración Insular Ejecutiva.
- Dar el visto bueno a los anuncios que deriven de acuerdos del Pleno y que deban publicarse en Boletines Oficiales.
- La jefatura superior del personal de la Administración Insular.
- Ejercitar acciones judiciales y administrativas en materias de su competencia y, en caso de urgencia, en materias de la competencia del Pleno y del Consejo de Gobierno Insular, en este supuesto dando cuenta a los mismos en la primera sesión que celebren para su ratificación.
- Formar el Presupuesto General de la Corporación.
- Cesignación y cese, mediante Decreto, de los vicepresidentes, de los consejeros insulares de área, de los miembros del Consejo de Gobierno Insular, así como del consejero-secretario del mismo y la propuesta al Consejo de Gobierno del nombramiento y cese de los coordinadores generales de área.
- La firma de documentos mediante los que se formalicen convenios acordados por el Pleno y el Consejo de Gobierno Insular, en su caso, con otras Administraciones Públicas, así como la remisión de escritos a éstas dirigidas a sus máximas autoridades.
- Presidencia de la Junta de Portavoces.
- Designación de los presidentes de las Comisiones del Pleno.
- Dictar Decretos e instrucciones interpretativas y aclaratorias de la normativa reguladora de la organización y funcionamiento interno del Cabildo Insular de Tenerife, así como del Reglamento Orgánico, para su aplicación en la Corporación.
- Adoptar las medidas necesarias y adecuadas en los casos de extraordinaria y urgente necesidad dando cuenta inmediata al Pleno.