Sin perjuicio de las funciones reservadas a la Secretaría General del Pleno por la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, la persona titular de la Dirección de la asesoría jurídica:
- Será responsable de la asistencia jurídica al Presidente, al Consejo de Gobierno Insular y a los órganos directivos, comprensiva del asesoramiento jurídico y de la representación y defensa en juicio de la Corporación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril.
- Le corresponderán las funciones que la legislación sobre Contratos de las Administraciones Públicas asigna a los/as Secretarios/as, salvo las de formalización de los contratos en documento administrativo y asistencia a las mesas de contratación, que corresponderán a la persona titular de la Vicesecretaría General, que podrá delegar tales funciones.
- El/la Director/a de la Asesoría Jurídica asistirá a las sesiones del Consejo de Gobierno Insular.
Titular: Sra. Dª. María Jesús Mesa Hernández