
El plan de autprotección de una actividad es aquel documento que recoge la información necesaria para servir de guía no solo en la actuación en caso de emergencia sino también y con carácter previo para el análisis y evaluación de riesgos, la adopción de medidas preventivas y de control de estos. El principal objetivo del Plan de Autoprotección es el de prevenir y controlar los riesgos sobre las personas y los bienes y dar respuesta adecuada a las posibles situaciones de emergencia, en la zona bajo responsabilidad del titular de la actividad, garantizando la integración de éstas actuaciones con el sistema público de Protección Civil.
Para redactar un Plan de Autoprotección primero es necesario la identificación y evaluación de los riesgos, las acciones y medidas necesarias para la prevención y control de éstos, así como, las medidas de protección y otras actuaciones a adoptar en caso de emergencia. En segundo lugar se garantiza la adopción de medidas destinadas a la prevención y control de riesgos en su origen, así como la actuación inicial en las situaciones de emergencia que pudieran presentarse, de esta manera, en el caso de que se produzca una situación extrema de riesgo, cada trabajador del centro sabrá lo tiene que hacer en cada instante, además de saber dirigir a las personas que se encuentren en el recinto en ese momento, sin tener un momento de duda o vacilación.
Dirigida a:
Objetivos Generales:
Objetivos Específicos:
Programa:
1.REGULACIÓN EN MATERIA DE AUTOPROTECCIÓN Y PLANIFICACIÓN ANTE EMERGENCIAS EN CANARIAS - Sistema público de Protección civil en Canarias: o Dirección General de Seguridad y Emergencias, CECOES 1-1-2, Cabildos, municipios, etc. - Planes de Protección Civil en Canarias. o PLATECA, PEIN, PEMUS. o INFOCA, PEVOLCA, PEMERCA, PEFMA, etc. o Planes de Autoprotección. - Control, Inspección y Sanción en materia de Autoprotección.
2.NORMA BÁSICA DE AUTOPROTECCIÓN Y NORMATIVAS COMPLEMENTARIAS - R.D. 393/2007 de 23 de Marzo. - Código Técnico de la Edificación. DB-SI: Seguridad en caso de incendio. - Código Técnico de la Edificación. DB-SUA: Seguridad de utilización y accesibilidad. - RIPCI “Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios” - Reglamento de Seguridad Contra Incendios en Establecimientos Industriales. - Reglamento de espectáculos públicos. - Registro de planes de Autoprotección en Canarias.
3.TOMA DE DATOS - Conceptos y criterios para la Identificación de Titulares y actividades objeto de planificación - Documentación gráfica
4.ESTUDIO DE LOS FACTORES - Estudio del medio (instalación). - Estudio de la instalación. - Inventario y características de las medidas y medios de Autoprotección. - Instalaciones de protección activa, extintores, BIE’S. - Instalaciones de protección pasiva. - Estudio de la Actividad. - Estudio de las personas. - Estudio de los Bienes - Descripción del medio, actividad y emplazamientos.
5.ANÁLISIS DE RIESGOS - Inventario de Riesgos - Análisis y Evaluación de riesgos. - Medidas a adoptar para disminuir o neutralizar los riesgos.
6.DEFINICIÓN DE MEDIDAS ORGANIZATIVAS - Definición de procedimientos organizativos. • Procedimiento de Evaluación. • Organización del personal. • Mantenimiento de la eficacia y actualización del Plan de Autoprotección. - Definición de procedimientos preventivos. • Programas de mantenimiento de las instalaciones contra incendios. • Programa de mantenimiento de las instalaciones generadoras de riesgos. - Definición de procedimientos operativos. • Plan de actuación ante emergencias. • Integración de planes en los ámbitos superiores. • Implantación del Plan de Autoprotección.
7.PSICOLOGÍA DE MASAS EN EMERGENCIAS TRABAJO FINAL: elaboración y defensa ante tribunal examinador de un Plan de Autoprotección de un establecimiento o actividad incluido en el RD 393/2007. Los contenidos se complementan con documentos, vídeos y lecturas recomendadas relacionadas con la temática del curso.
Bonificable a través de la Fundación Tripartita -> Gestionamos gratuitamente los trámites necesarios para la bonificación de este curso a través de la Fundación Tripartita. Los trámites para bonificación se realizan antes del comienzo del mismo por lo que debe solicitarlo con una antelación mínima de 7 días naturales antes de su comienzo.
FUENTE: Escuela de Negocios de las Islas Canarias (ENIC).
< Volver